Por Pedro José Madrigal Reyes.
En muchas y sobradas ocasiones hemos asistido como testigos involuntarios a las violentas prácticas empleadas por los cuerpos policiales del estado español –golpizas y cargas injustificadas contra pacíficos manifestantes, golpizas a inmigrantes indocumentados dentro de las instalaciones policiales (han habido decesos), etc.-; y desde hace muchos años se ha hablado del empleo de la tortura como elemento para la obtención de información, sin embargo desde las más elevadas instancias –independientemente del partido político en el poder (PSOE o PP)- se ha negado la colaboración con esa práctica o empleo de la tortura como elemento de obtención de información, llegando incluso a despreciar los informes de organismos internacionales -ONU, Amnistía Internacional (informe "Sal en las heridas"), etc.- que indican que la misma se ha practicado y se practica. Resulta interesante el hecho de que los informes de esas organizaciones son referidos como probatorios por esos mismos gobiernos en otros “casos” ocurridos supuestamente fuera de las fronteras.
En muchas y sobradas ocasiones hemos asistido como testigos involuntarios a las violentas prácticas empleadas por los cuerpos policiales del estado español –golpizas y cargas injustificadas contra pacíficos manifestantes, golpizas a inmigrantes indocumentados dentro de las instalaciones policiales (han habido decesos), etc.-; y desde hace muchos años se ha hablado del empleo de la tortura como elemento para la obtención de información, sin embargo desde las más elevadas instancias –independientemente del partido político en el poder (PSOE o PP)- se ha negado la colaboración con esa práctica o empleo de la tortura como elemento de obtención de información, llegando incluso a despreciar los informes de organismos internacionales -ONU, Amnistía Internacional (informe "Sal en las heridas"), etc.- que indican que la misma se ha practicado y se practica. Resulta interesante el hecho de que los informes de esas organizaciones son referidos como probatorios por esos mismos gobiernos en otros “casos” ocurridos supuestamente fuera de las fronteras.
Pero la que ayer fuera una certeza, un secreto a voces, hoy se ha convertido en un hecho condenado por un juez:
*Sargento Juan Jesús Casas García: autor de un delito de torturas graves y de lesiones; cuatro años y medio de prisión e inhabilitación absoluta por ocho años
*Guardia civil José Manuel Escamilla: torturas graves y lesiones; dos años y medio de prisión e inhabilitación absoluta por ocho años.
*Agente Sergio García: dos años de prisión y ocho días de localización permanente e inhabilitación absoluta por ocho años.
*Sergio Martínez: dos años de prisión y ocho días de localización permanente e inhabilitación absoluta por ocho años.
*Responsables civiles subsidiarios: Guardia Civil y la Policía española; deberán indemnizar a las víctimas con 18.000 euros a Igor Portu y 6.000 euros a Mattin Sarasola; por daño físico y psíquico.
La importancia de esta resolución es que admite que la tortura existe, un punto determinante para luchar por su completa erradicación… Lo preocupante es que nos lleva preguntarnos por la manera de obtención de la información presentada por los cuerpos de seguridad; siempre cabrá la duda de la manera en que se han producido las confesiones de los acusados…; y que por lo demás han sido utilizados por las diferentes instancias de la justicia –incluida la Audiencia Nacional- en procesos judiciales que han concluido con la condena del acusado, por ello debemos de exigir la revisión de todos aquellos procesos en que existan dudas razonables sobre los procedimientos empleados por quienes –según la ley- deben de resguardar los derechos fundamentales. Así como el fin de la práctica de incomunicación del acusado, empleado por la justicia, y que en definitiva crea las condiciones para que se produzcan estos hecho con total impunidad e indefensión de quien lo sufre… Observemos que la sentencia rechaza que se haya practicado tortura en las dependencias policiales, que las víctimas han denunciado; entonces: ¿Si se producen torturas fuera de las instalaciones policiales ante la atenta mirada de testigos involuntarios, cómo pueden no ocurrir en un sitio en donde los ejecutores gozan de absoluta impunidad? ¿Por qué la condena por tortura –un delito en contra de los derechos humanos fundamentales y en contra de una convención suscrita por el estado- es mucho menor que la condena que reciben los jóvenes acusados de quemar contenedores -8 años de cárcel-? ¿Es eso justicia?
En ese sentido, es nuestro deber exigir responsabilidades a aquellos periodistas y medios de comunicación que han dejando de lado su deber de informar y que no dudan en defender la institucionalidad y la inocencia de la misma –generalmente por motivaciones político-ideológicas-, independientemente de que las denuncias sean reiteradas y sus consecuencias apreciables –el caso de Anza por ejemplo-, y por ello ameriten una investigación exhaustiva al respecto de ese mayúsculo atropello ejercido por los administradores del estado –que no han hecho su trabajo- y la justicia…
La tortura es el más infame método de terror, y se emplea con el fin de obtener una autoinculpación de detenido, y de infundir miedo entre la población…
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“El Sandinista debe tener un auténtico espíritu crítico, ya que tal espíritu de crítica constructiva le da consistencia mayor a la unidad y contribuye a su fortalecimiento y continuidad, entendiéndose que una crítica mal entendida que expone la unidad, pierde su sentido revolucionario y adquiere un carácter reaccionario.”
Comandante Carlos Fonseca Amador.
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